Lo social como contenido del derecho
Resumen
Anticipándonos a lo que más adelante intentaremos fundamentar, desde luego queremos plantear que la relación que siempre existe ( o, al menos, que siempre debiera existir) entre el fenómeno social y el fenómeno jurídico es la misma que hay entre un "contenido" y una "forma", entre un::t "materia" y una vestidura o ropaje. El Derecho es la "forma", el ropaje en que se encuadra o enmarca un fenómeno social; el ropaje con que se reviste una realidad social. Lo anterior nos revela claramente la importancia que frente al estudio del fenómeno jurídico tiene, indiscutiblemente, el estudio del fenómno social. Uno, es el estudio de las "formas", de las vestiduras, en tanto que el estudio sociológico es el estudio de los "contenidos", el estudio de la "materia" o alma del fenómeno de que se trate.
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PDFDOI: http://dx.doi.org/10.22201/iis.01882503p.1939.1.58012
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